Porque tu cuantía está topada. La ley baja del 70 % al 60 % de tu base reguladora a partir del día 181, pero antes de pagarte aplica un tope máximo. Si el 60 % de tu base sigue estando por encima de ese tope, te siguen pagando el tope — que no ha cambiado — y por eso no notas ninguna bajada. No es un error de tu resolución: es que ya estabas cobrando el máximo posible.
Mucha gente cree que el paro es «el 70 % de mi base». Es sólo el primer paso de tres, y los otros dos son los que explican casi todas las sorpresas:
Es decir: lo que cobras nunca sale de la horquilla, pase lo que pase con el porcentaje. Y esa horquilla no depende de tu sueldo — depende del IPREM y de cuántos hijos tengas a cargo.
Los topes se calculan sobre el IPREM incrementado en una sexta parte, y cambian según los hijos a cargo:
| Hijos a cargo | Mínimo al mes | Máximo al mes |
|---|---|---|
| Ninguno | 560,00 € | 1.225,00 € |
| Uno | 749,00 € | 1.400,00 € |
| Dos o más | 749,00 € | 1.575,00 € |
Porcentajes del art. 270.3 LGSS: mínimo 80 % del IPREM sin hijos y 107 % con hijos; máximo 175 %, 200 % y 225 % según tengas ninguno, uno o dos hijos a cargo. Estos importes son los oficiales mensuales; el SEPE no publica cifras diarias.
Imagina dos personas sin hijos a cargo, las dos con una prestación de 300 días.
La primera tiene una base reguladora de 40 € al día (unos 1.200 € al mes). Su 70 % son 840 € al mes, que está dentro de la horquilla, así que cobra exactamente eso. Cuando llega el día 181, su 60 % son 720 € — sigue dentro de la horquilla, así que sí le baja, y lo nota.
La segunda tiene una base reguladora de 90 € al día (unos 2.700 € al mes). Su 70 % serían 1.890 €, muy por encima del máximo de 1.225,00 €, así que desde el primer día cobra el tope. Al llegar al día 181, su 60 % serían 1.620 € — que siguen estando por encima del tope. Se le sigue aplicando el mismo máximo de siempre, y no baja nada.
Ésa es toda la explicación. Si te has quedado con una sola frase, que sea ésta: el tope no baja el día 181; lo que baja es un porcentaje que en tu caso ya no se estaba aplicando.
Éste es el otro malentendido, y va aparte del anterior. El corte no ocurre a los seis meses de calendario: ocurre cuando has consumido 180 días de prestación. Como las mensualidades son de 30 días y casi ninguna prestación empieza un día 1, ese día casi nunca coincide con el principio de un mes.
La consecuencia práctica es que hay un mes en el que cobras las dos cosas: una parte de los días al 70 % y el resto al 60 %. Ese mes suele desconcertar, porque no coincide ni con lo que cobrabas antes ni con lo que cobrarás después. La calculadora lo marca explícitamente en el calendario.
Antes de dar por hecho que hay un error, comprueba tres cosas:
Si después de esto los números siguen sin cuadrarte, quien puede revisarlo es el SEPE: es quien emitió la resolución y el único que puede corregirla.
Fuentes: el corte del día 181 y los porcentajes 70/60, en el art. 270.2 LGSS; los topes mínimo y máximo según hijos a cargo, en el art. 270.3 de la misma norma, calculados sobre un IPREM de 600,00 € al mes, vigente desde el 1 de enero de 2023 y prorrogado en 2026 al no aprobarse Presupuestos Generales del Estado.
Comprobado con la normativa vigente el 17 de agosto de 2026.
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